Tiene por objeto conocer de las conductas de las y los funcionarios y las y los servidores públicos del Poder Judicial y sus órganos, a fin de lograr un ejercicio responsable, profesional, honorable e independiente en sus funciones, evitando actos que las demeriten. Será la encargada de instrumentar los procedimientos administrativos de responsabilidad por faltas cometidas por las y los funcionarios y las y los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, sometiendo la resolución al Pleno del Consejo, aplicando las sanciones correspondientes.
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