La Secretaría General de Acuerdos autoriza y da fe, con su firma, de los testimonios de las resoluciones y acuerdos emitidos por el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial o por su Presidencia; prepara oportunamente los acuerdos de trámite que deban someterse a consideración; da cuenta con los escritos, oficios, promociones y actuaciones que se reciban, así como con los expedientes que, conforme a la ley, requieran acuerdo o resolución; agrega a los autos los acuerdos que se dicten y vigila su cumplimiento legal y oportuno; da fe de las actuaciones del Tribunal y expide constancias y certificaciones; supervisa que los libros, registros y demás controles del Pleno y de la Presidencia se lleven de manera correcta y en tiempo; integra la estadística correspondiente y la remite al área competente; lleva la correspondencia de la propia Secretaría General y, cuando se le encomienda, la del Pleno y la Presidencia; funge como enlace con el Tribunal Superior, el Órgano de Administración y las áreas auxiliares y administrativas del Poder Judicial; ejecuta los acuerdos y resoluciones del Pleno o de la Presidencia; distribuye el turno de los asuntos que deban conocer las Salas conforme a los acuerdos de la Presidencia; dirige y supervisa al personal adscrito, asegurando el desempeño de sus funciones con puntualidad y disciplina; lleva el libro de actas del Pleno con la debida autorización; recaba la información necesaria para el informe anual de la Presidencia; realiza las notificaciones para la celebración de sesiones; publica y autoriza la lista de acuerdos del Pleno y de la Presidencia; vigila y provee lo necesario para el debido cumplimiento de las resoluciones, asentando constancia en el expediente y, en caso de incumplimiento, informando a la Presidencia para las medidas conducentes; y practica las notificaciones que le encomienden el Pleno, la Presidencia o la ley, por conducto de su titular o de la persona actuaria correspondiente.