La Visitaduría es un órgano coadyuvante de la Unidad de Evaluación del Tribunal de Disciplina Judicial, competente para inspeccionar el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y áreas auxiliares relacionadas con la función judicial. Tiene a su cargo la planeación, programación, coordinación e implementación de visitas ordinarias, extraordinarias o especiales, así como la solicitud de información necesaria para el desarrollo de sus funciones. Está encabezada por una persona titular, designada por el Pleno del Tribunal a propuesta de la Presidencia, quien debe contar con título y cédula profesional en Derecho con una antigüedad mínima de cinco años, además de experiencia profesional dentro del Poder Judicial por un periodo igual. Esta persona, junto con las personas visitadoras —quienes actúan como representantes del Tribunal—, ejerce atribuciones como elaborar el calendario anual de visitas, emitir informes, proponer visitas extraordinarias y coordinar la recolección y sistematización de los resultados de las inspecciones. Las visitas pueden ser ordinarias, extraordinarias o especiales, y su objetivo es verificar aspectos como la asistencia del personal, el resguardo de valores, la correcta gestión de expedientes, el cumplimiento de resoluciones y la aplicación de la normativa. Durante las visitas, se recaban observaciones, quejas o denuncias, las cuales se documentan en actas circunstanciadas firmadas por la persona visitadora y la titular del órgano inspeccionado. Posteriormente, el expediente de la visita es remitido a la Presidencia del Tribunal para su análisis y presentación ante el Pleno, que emitirá el dictamen correspondiente. La Visitaduría también puede recomendar medidas inmediatas si se detectan actos que lesionen la impartición de justicia, e informar a la Unidad de Investigación en caso de faltas administrativas. Todo este procedimiento busca asegurar la integridad y eficacia de la función judicial.